¿POR QUÉ NECESITO UN CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
Según el Real Decreto 235/2013, aprobado el 5 de abril, a partir del 1 de junio el Certificado de Eficiencia Energética será exigible en todos los contratos de compraventa o de alquiler.
El propietario del inmueble será el responsable de encargar y conservar el certificado de eficiencia energética.
La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. En caso de venta, el vendedor deberá entregar al comprador en la notaría un original del certificado. En caso de alquiler, bastará con la simple exhibición y puesta a disposición del arrendatario de una copia del certificado.








